El Gobierno de la Nación, el pasado miércoles, ha aprobado el plan de medidas económicas para paliar los efectos de la situación extraordinaria provocada por el COVID-19.
Entre otras, se contemplan, 2 destinadas a evitar los despidos individuales y colectivos y a garantizar el apoyo a las familias y a los trabajadores.
Medidas que en caso de adoptarse, repercuten directamente en nuestra gestión de personal.
Medidas que debemos tener en cuenta:
- Las situaciones de aislamiento y enfermedad por coronavirus se considerarán situaciones de baja por enfermedad común. Pero a efectos de la prestación que recibirá el trabajador se considerarán como accidente laboral. Por este motivo, los partes de baja únicamente pueden ser tramitados por el Servicio Público de Salud, y su duración vendrá determinada por le parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta.
- De cara a posibles despidos, se establece la posibilidad para la empresa de solicitar un ERTE (Expediente de Regulación de Empleo Temporal) por causa de fuerza mayor. Ya sea como suspensión de contratos o como reducción de jornada, agilizando además su tramitación, indicando que quedarán resueltos en el plazo de 5 días.
En este caso, la medida contempla la posibilidad de bonificar entre un 75% y un 100%, según el número de empleados, las cuotas de la seguridad siempre que se cumplan determinados requisito. Entre ellos, el compromiso de mantener el empleo. Por otro lado, establece el cobro de la prestación por desempleo de los trabajadores afectados aún en el caso de que carezcan del período de cotización mínima y no consumiendo paro del trabajador.
Es el empresario quien debe presentar la solicitud a la Autoridad Laboral aportando toda la documentación necesaria.
Si quieres profundizar más sobre las medidas aquí puedes consultar el BOE.
Te recordamos que desde Alcatic seguimos trabajando desde nuestras casas. Podemos informarte sobre cualquier duda respecto a cómo informar estas medidas en nuestras aplicaciones en caso de ser necesario.