El Gobierno Principado de Asturias convoca un plan de subvenciones a fondo perdido para la ayuda de implantación de soluciones de mejora en los ámbitos del proceso, producto y modelo de negocio de las empresas, en el ámbito de la Industria 4.0.

GASTOS SUBVENCIONADOS

  • Activos materiales (excluidos terrenos, edificaciones, sustituciones y/o reparaciones y mantenimientos).
  • Activos inmateriales (deben ser considerados como activos amortizables).
  • Servicios de consultoría.
  • Gastos de personal técnico propio, en la medida que estén dedicados al proyecto (exclusivamente grupos de cotización 1,2 y 3).
    • Estarán limitados por la menor de las cuantías resultantes de considerar 100 horas de dedicación o el 25% de los costes de consultoría.
    • Los salarios que se tomen como base no podrán superar los topes máximos subvencionables por categorias profesionales previstos en la convocatoria.

La suma de los gastos de consultoría y personal no podrá superar el 40% de la suma de activos materiales e inmateriales subvencionables.

REQUISITOS

  • El plazo de inicio de las inversiones será a partir de la presentación de la solicitud.
  • Los proyectos o actuaciones deberán ser viables técnica, económica y financieramente.
  • Cuantía en inversión/gasto subvencionable mínimo igual o superior a 10.000 euros.
  • Se valorará la presentación de un diagnóstico de madurez digital.
  • Esta ayuda será incompatible con cualquier otra del Principado de Asturias para el mismo proyecto.

¿QUIÉN PUEDE OPTAR A LAS AYUDAS?

  • PYMES y los empresarios individuales, en ambos casos con más de 3 trabajadores.
  • De forma excepcional, se incluirán como beneficiarios las no PYMES que cuenten con un número de empleados entre 3 y 50.
  • EXCLUIDOS expresamente: comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones y fundaciones, entre otras.

CUANTÍAS DE LAS AYUDAS

La subvención máxima que podrá obtener un proyecto acogido a esta linea será del 55% de la inversión subvencionable.

En todo caso, al tratarse de una ayuda sujeta al régimén de mínimis, la cuantía nunca podrá ser tal que supere el límite de 200.000 € en un periodo de tres años.

BENEFICIARIOS Y SECTORES QUE OPTAN A LAS AYUDAS

Beneficiarios:

  • PYMES y los empresarios individuales, en ambos casos con más de 3 trabajadores.
  • De forma excepcional, se incluirán como beneficiarios las no PYMES que cuenten con un número de empleados entre 3 y 50.
  • EXCLUIDOS expresamente: comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones y fundaciones, entre otras.

Sectores:

  • Sector industrial.
  • Servicios industriales a las empresas (ingenieria, diseño, asistencia técnica, logística…)
  • Sector construcción (epigrafe IAE 50), en lo concerniente a la ejecución de obras.

Si necesitas más información no dudes en contactar con nosotros, ofrecemos una preconsultoría gratuita donde valoraremos tus necesidades y ofrecerte el producto que más se adapte a ti.

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